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BACATÁ
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Tips de seguridad
Leyes de los turistas y a los turistas, según la normatividad Colombiana:
-Para obtener los servicios por él contratados en los términos ofrecidos y acordados.
-Si el total está roto o parcialmente los servicios ofrecidos o acordados, el turista tendrá derecho, a su elección, para recibir otro servicio de la misma calidad, o el reembolso o compensación por el servicio incumplido. Antes de la incapacidad verificada para dar el servicio de la misma calidad, el prestamista tendrá que, para sus gastos, contrato con una tercera parte de la presentación de la misma. (Arts. 63 y 64, ley 300 de 1996).
Cómo interponer una queja
Si el prestador de servicios turísticos no cumple con la ofrecida o lo hace parcialmente, el turista podrá presentar su queja, por 45 días siguientes a la ocurrencia del hecho ante la asociación sindical a la que pertenece allí el prestador de servicios turísticos o ante el grupo de protección al turista de la Vicedepartment de Turismo (teléfono 6067676, opción 3. Dirección mantiene silencio sobre 28 no. 13 A 15, primer piso).
La reclamación se aparece por medio de una síntesis por escrito de la queja que debe contener:
-Nombre y dirección del prestador de servicios turísticos que ha roto
-Denominación, documento de identidad y dirección del reclamante
-A anexo fotocopia de los documentos necesarios en el recibo de la reclamación.

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